RESPONSABILIDAD HACIA LA SOCIEDAD.
PREPARACION Y CALIDAD DEL PROFESIONAL: La persona que ha aceptado brindar sus servicios debe poseer un entrenamiento técnico, capacidad y diligencia para poder realizar todas las actividades profesionales que se deban realizar.
RESPONSABILIDAD PERSONAL: Se deben aceptar las responsabilidades personales por los trabajos realizados o supervisados bajo su dirección.
RESPONSABILIDAD HACIA QUIEN PATROCINA EL SERVICIO.
SECRETO PROFESIONAL: Es el deber o compromiso de guardar la información de la empresa, por ningún motivo ni beneficio propio o de terceros debe proporcional o divulgar información confidencial de la entidad a la que labora, salvo que tenga la autorización del cliente.
lo único que puede hacer es compartir ideas o situaciones, siempre y cuando no se revelen cantidades monetarias, nombres y nombre de la entidad.
RECHAZAR TAREAS QUE NO CUMPLAN CON LA MORAL: No es aceptable que un auditor acepte o cometa algún trabajo que altere el honor y dignidad profesional, ya sea de forma directa o indirecta para intervenir o ser participe en arreglos o asuntos que no cumplan con la moral.
LEALTAD: Es parecida al secreto profesional, ya que trata de evitar la realización de actuaciones que puedan perjudicar o dañar a la persona a quien haya contratado los servicios.
RETRIBUCION ECONOMICA: Es el beneficio o la paga que el auditor recibirá por los servicios brindados a la entidad.
RESPONSABILIDAD ANTE LA PROFESION
RESPETO A LOS COLEGAS Y A LA PROFESION: Se debe de cuidar las relaciones con los colegas, colaboradores e instituciones que los agrupan, siempre buscando que nunca menoscabe la dignidad de la profesión.
DIGNIFICACION PROFESIONAL: Es la imagen o prestigio profesional que se haya llegar a la sociedad en general y a los usuarios de los servicios ofrecidos por el auditor.
DIFUSION DE CONOCIMIEENTOS TECNICOS: Siempre que un auditor transmita sus conocimientos, debe tener como objetivo mantener las normas profesionales y de conducta para poder contribuir al desarrollo y difusión de los conocimientos propios adquiridos en toda su vida.
PROHIBICIONES ETICAS PARA LOS CONTAADORES PUBLICOS Y AUDITORES.
No se debe obtener ventaja económica de forma directa o indirecta por la venta, al contratante de sus servicios.
INDEPENDECIA DE CRITERIO: Es considerada como la actitud o carácter del auditor para defender su criterio personal, sin que nadie mas lo obligue a pensar o realizar algo de una forma contraria a la que el quiera.
CALIDAD PROFESIONAL DE LOS SERVICIOS: Es la actuación realizada con el cuidado y la diligencia de una persona responsable en la prestación de cualquier servicio por parte del Auditor.
RESPONSABILIDAD PERSONAL: Se deben aceptar las responsabilidades personales por los trabajos realizados o supervisados bajo su dirección.
RESPONSABILIDAD HACIA QUIEN PATROCINA EL SERVICIO.
lo único que puede hacer es compartir ideas o situaciones, siempre y cuando no se revelen cantidades monetarias, nombres y nombre de la entidad.
RECHAZAR TAREAS QUE NO CUMPLAN CON LA MORAL: No es aceptable que un auditor acepte o cometa algún trabajo que altere el honor y dignidad profesional, ya sea de forma directa o indirecta para intervenir o ser participe en arreglos o asuntos que no cumplan con la moral.
LEALTAD: Es parecida al secreto profesional, ya que trata de evitar la realización de actuaciones que puedan perjudicar o dañar a la persona a quien haya contratado los servicios.
RETRIBUCION ECONOMICA: Es el beneficio o la paga que el auditor recibirá por los servicios brindados a la entidad.
RESPONSABILIDAD ANTE LA PROFESION
RESPETO A LOS COLEGAS Y A LA PROFESION: Se debe de cuidar las relaciones con los colegas, colaboradores e instituciones que los agrupan, siempre buscando que nunca menoscabe la dignidad de la profesión.
DIGNIFICACION PROFESIONAL: Es la imagen o prestigio profesional que se haya llegar a la sociedad en general y a los usuarios de los servicios ofrecidos por el auditor.
DIFUSION DE CONOCIMIEENTOS TECNICOS: Siempre que un auditor transmita sus conocimientos, debe tener como objetivo mantener las normas profesionales y de conducta para poder contribuir al desarrollo y difusión de los conocimientos propios adquiridos en toda su vida.
PROHIBICIONES ETICAS PARA LOS CONTAADORES PUBLICOS Y AUDITORES.
No se deben utilizar los conocimientos profesionales en trabajos que atenten o no cumplan con la moral.
No se debe obtener ventaja económica de forma directa o indirecta por la venta, al contratante de sus servicios.
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